Los productos de cannabis inhalables con sabor están prohibidos en California
Los vapes, flores y pre-rolls solo pueden contener compuestos aromáticos y de sabor naturales que contribuyen al sabor o aroma natural del cannabis. Según la Declaración final de razones, los sabores prohibidos bajo esta definición incluyen, pero no se limitan a, mentol, menta, mango, fresa, uva, naranja, clavo, canela, piña, vainilla, coco, regaliz, cacao, chocolate, cereza, café, palomitas de maíz y chicle. Además, la Sección 17303.1 limita los ingredientes que se pueden usar en productos de cannabis inhalables a cannabis, concentrado de cannabis, terpenos de origen botánico, papel de liar, hojas, puntas de filtro pre-roll e ingredientes inactivos aprobados para inhalación por la FDA.
Nuevas advertencias de la Propuesta 65 para productos de cannabis y lugares de negocios que exponen a las personas al humo de cannabis y al Delta-9 THC
La Oficina de Evaluación de Riesgos para la Salud Ambiental (OEHHA) de California amplió los requisitos de advertencia de la Proposición 65 del estado para productos y lugares de negocios que pueden exponer a las personas al humo de cannabis o delta-9 THC. Las nuevas regulaciones entraron en vigencia el 1 de octubre de 2022. Hay un período de introducción gradual de un año, así como una disposición de venta ilimitada para productos fabricados y etiquetados con advertencias de cumplimiento antes del 1 de octubre de 2023. California Cannabis Universal Symbol
The
universal El símbolo ahora se puede imprimir en blanco o negro. Además, cuando haya múltiples capas de empaque, solo se requiere el símbolo universal en el contenedor inmediato que contiene el producto.
Reciclaje de cartuchos y vaporizadores de cannabis
A partir del 1 de julio de 2024, el paquete y la etiqueta de un cartucho de cannabis y un "vaporizador de cannabis integrado", como se define en la Sección 26122 del Código de Negocios y Profesiones, no puede indicar que el cartucho de cannabis o el vaporizador de cannabis integrado es desechable ni implica que se pueda tirar. en los flujos de basura o reciclaje. (Proyecto de Ley de la Asamblea de 1894). AB 1894 también impone declaraciones de reciclaje obligatorias en la publicidad y el marketing de vaporizadores integrados y cartuchos de cannabis a partir del 1 de julio de 2024.
Chasing Arrows and Other Recycling Claims
A partir del 1 de enero de 2024, representar que un producto es reciclable mediante el uso del símbolo de flechas que persiguen, el término "reciclable" o indicar de otra manera a un consumidor que recicle el producto, solo se puede usar en California si se cumplen ciertos criterios de reciclabilidad. De lo contrario, se considera una afirmación engañosa o engañosa. Recomendamos consultar con su(s) proveedor(es) de embalaje y etiquetado, ya que uno de los requisitos desafiantes será si el tipo de tinta y adhesivos utilizados evitarán reclamos reciclables. Un producto no es reciclable en California si incluye componentes, tintas, colorantes, adhesivos o etiquetas que impiden su reciclabilidad.